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2009-02-25

Nixon en 1971: El público no tiene derecho a conocer documentos secretos
(¿Pensará los mismo el Departamento de Justicia de Obama?)

En el 1971 el Presidente de EEUU, Richard M. Nixon decía que "the right to know" era un simple codename y que NO, el público no tiene derecho a conocer sobre "asuntos secretos" del Estado. Daniel Ellsberg pensaba que SI, que era su deber revelar documentos secretos en su poder que demostraban que el gobierno había engañado al país en la guerra de Vietnam. El NY Times también pensaba que sí.



Los referidos documentos eran parte de un informe secreto del Departamento de la Defensa sobre Vietnam que fue ordenado por Robert McNamara (Kennedy-Johnson 1961-68). Daniel Ellsberg, consultor del Pentágono, tuvo acceso a los documentos y descubrió que los presidentes desde Kennedy a Nixon habían engañado al pueblo de EEUU con respecto a la guerra de Vietnam. Ellsberg y Anthony Russo copiaron las siete mil páginas de documentos que fueron entregadas al NYT, Washington Post, Boston Globe y a otros rotativos y publicados en serie. La publicación de los Papeles del Pentágono marcó el fin de la era de Nixon y de la guerra en Indochina.

Nixon intentó detener la publicación de los documentos alegando privilegio ejecutivo en los tribunales. Pero el Tribunal Supremo autorizó la publicación. Ellberg y Russo fueron acusados de espionaje, robo de propiedad del gobierno y conspiración. El senador Mike Gravel (D. AK) incorporó cuatro mil páginas al record del Subcomité de Edificios y Terrenos Públicos y al convertirlos en parte del Record Congresional pasaron a dominio público. Esta fue la fuente usada para la publicación de Pentagon Papers (1971) por Beacon Press (Unitarian Universalist Church). En 1973, William Byrne, juez del distrito federal de Los Angeles, desestimó los cargos contra Ellsberg y Russo. Ellsberg es hasta el día de hoy un escritor, analista y militante contra la guerra.

Para un extensa conversación con Ellsberg ver esta edición de Conversation with History de la Univ. de CA.

2008-07-17

JibJab - Time for Some Campaignin'

JibJab - Time for Some Campaignin'


Luego de tanta mala noticia en los últimos posts: legislación contra la 4ta Enmienda, cédulas de identidad en PR., etc., es hora de que nos ríamos un rato. Esta es la última producción de los hnos. Spiridellis, creadores de las sátiras animadas JibJab que se hicieron famosos durante la campaña presidencial del 2004 (Bush y Kerry) con su animación This Land que musicalizaron con un country de Woody Guthrie. (Por cierto, una empresa quiso demandarlos por el uso de la canción pero se allanó al fin cuando JibJab y sus abogados demostraron que la canción ya había entrado en dominio público.) Este nuevo animado fue editado con la música de The Times Are A'Changin', el clásico de Bob Dylan. No sé si pidieron permiso para usarla, pero, en mi opinión (como pensé que pasaba con el uso de la música de Guthrie en This Land) no hay que obtener permiso porque se trata de parodia política que la jurisprudencia sobre copyrights considera "protected speech".
Disfrútenlo, pero no dejen de enviar a sus contactos el anterior post sobre la cédula de identidad de Homeland Security que el gobierno de Acevedo Vilá nos quiere espetar.


2008-06-05

El Tribunal Supremo de EEUU se niega a mandar a callar a los participantes del “fantasy baseball” (al menos por ahora)

El Tribunal Supremo de EEUU se niega a mandar a callar a los participantes del “fantasy baseball” (al menos por ahora)

Afortunadamente , esta semana el Tribunal Supremo de EEUU se negó a revocar la decisión del Octavo Circuito mediante la que ese tribunal intermedio frenó los planes de Major League Baseball (que fueron respaldados por la NBA, la NFL, las uniones que representan a los jugadores de esas ligas y otras organizaciones deportivas) de reclamar derechos propietarios sobre la discusión de las incidencias en el terreno de juego.


Resulta ser que años recientes los “fantasy sports”—que consisten en organizar ligas ficticias en las que la competencia y los acontecimientos giran en torno al desempeño de los jugadores en la liga real—se han convertido en un pasatiempo de gran popularidad y la organización de ligas de fantasía en un buen negocio. Naturalmente, el funcionamiento de una liga de fantasía requiere el uso de información que se recopila y publica a base de lo que sucede a diario en la liga profesional.

A raíz de la popularidad de ese hobby, Major League Baseball vio una gran oportunidad de aumentar sus ya enormes ganancias por lo que asumió la postura de que tenía derecho a cobrar por el uso de los nombres de sus peloteros y las estadísticas de éstos y los equipos en las ligas de fantasía. Ello a pesar de que esa es información que se publica a diario en periódicos de todo el mundo y otros medios por lo que está al alcanze de cualquier persona. Como destacó en su decisión el Octavo Circuito “the information used in [] fantasy baseball games is all readily available in the public domain, and it would be strange law that a person would not have a first amendment right to use information that is available to everyone.”

Inconforme, Major League Baseball solicitó revisión al Tribunal Supremo quien--sin expresarse sobre los méritos del caso--denegó la petición. Por ende, aun existe incertidumbre en cuanto a cuál es la posición de los jueces de ese foro con respecto a la controversia. Y en vista de la erosión que recientemente ha sufrido el derecho a la libre expresión a causa de la insistencia del Congreso de expandir excesivamente los derechos de copyright mediante la adopción leyes tales como la que es comúnmente conocida como “Mickey Mouse Protection Act” (y ante decisión del Tribunal Supremo que rechazó un ataque constitucional a ese estatuto) podemos esperar que situaciones similares se repitan en el futuro cercano. Pero la decisión de no revocar el dictamen del tribunal intermedio puede significar un paso en la dirección correcta y al menos hizo justicia en este caso, porque como expresó el New York Times en un editorial sobre el caso, “[t]he biggest fantasy in this case was Major League Baseball’s claim that its fans should pay to talk about the game.”

P.D.: Go Red Sox!!!

2007-11-15

Las ideas y los derechos de autor

Las ideas y los derechos de autor

En para de ocasiones me he visto involucrada en controversias sobre derechos de autor que afortunadamente no han llegado a los tribunales. Dichas experiencias, he concluido en ambas ocasiones, son resultado de la pobre cultura de medios en nuestro ambiente local. Inclusive en el ámbito de la Academia, me he encontrado con personas- a quienes considero inteligentes- que se aventurar a reclamar derechos de autor sobre una obra, simplemente, porque se les ocurrió la idea de que se podía hacer un trabajo audiovisual en torno a un tema o sujeto.

El estatuto de aplicación en cuanto a los derechos de autor es conocido como el Copyright Law y es tan claro como el sol en lo que respecta al derecho de uso y explotación de ideas. La ley de derechos de autor no protege ideas, sólo protege la manera particular en que se expresa una idea. La idea en cuestión puede encontrarse en diversos grados de elaboración. Inclusive, como en el caso de un relato, cuento, pieza cinematográfica, etc., la idea puede tratarse del argumento (plot) en su forma elemental. La Ley no protege ideas, sino la manera particular en que se plasma una idea en una pieza de literatura, pictórica, audiovisual, etc. En otras palabras que la ley de derechos de autor reconoce y protege el aspecto de la plástica en una obra. Cualquiera puede usar- una y otra vez- la idea básica de una obra protegida, si la refunde en una expresión propia.

En el caso que me ocupo en días recientes, ni siquiera tuve el disfrute de una controversia con ribetes de argumentación sofisticada. Se trató de un reclamo que puede resumirse de la siguiente manera: si a alguien se le ocurrió llevar al medio audiovisual un tema y lo manifiesta a otros, aunque no lo haga, si alguien lo hace, el primero tiene derechos de autor sobre la obra del segundo. ¡Ay, bendito! Así de primitivos somos en esto.

En esta vena señalo, aunque creo que lo he hecho antes, que, además de las ideas, tampoco son susceptibles de protección por la Ley: las frases, consignas, expresiones breves, principios, nombres, títulos de obras, conceptos, datos, descubrimientos, teorías, sistemas o métodos de operación. Algunos lemas publicitarios pueden ser protegidos bajo la ley de marcas, pero no por la ley de derechos de autor. Bajo la ley de derechos de autor se pueden proteger exclusivamente: las obras literarias, las obras musicales y sus letras, obras dramáticas, pantomimas y obras de coreografía, obras pictóricas, gráficas y de escultura, la piezas cinematográficas y obras audiovisuales, las grabaciones de sonido y las obras de arquitectura. Ofrezco este enlace de abundante información sobre el tema. (http://fairuse.stanford.edu/Copyright_and_Fair_Use_Overview/chapter8/8-a.htm)

Las ideas, declara la Ley, son de dominio público. Hay mucha sabiduría en ello. Si las ideas pudieran ser apropiadas por ley, cualquiera podría reclamar derechos exclusivo de uso y explotación sobre obras futuras en las que no ha participado o ha participado de manera incidental. El banco o cantera social de conocimientos y de potenciales creaciones quedaría prontamente privatizado. Se agotaría el patrimonio común (commons) y se obstaculizaría el libre intercambio de ideas con el consecuente daño para el desarrollo social. Privatizar las ideas conlleva un perjuicio para la sociedad de la misma o mayor magnitud que privatizar las costas, las aguas o los terrenos de dominio público.

En las últimas décadas, conforme la producción de valor económico se ha trasladado del ámbito industrial al cultural- esto en la medida en que los costos de producción industrial se acercan a cero-, se ha desatado una significativa pugna por el control de la producción cultural, la privatización del patrimonio cultural y el control de las ideas y los intangibles. Hasta ahora la resistencia a la privatización de las ideas ha logrado proteger el dominio público, que se enfrenta a poderosas fuerzas económicas que pretenden arrebatáreselo a la sociedad. Opino que en esta área se darán gran parte de las luchas sociales del futuro.