2008-06-12

Superada la hora más oscura de la noche de Bush

Superada la hora más oscura de la noche de Bush

El Tribunal Supremo de EEUU acaba de asestar un duro golpe a la políticas de detenciones a discreción presidencial. En una histórica decisión en el pleito Boumediene v. Bush el Tribunal decidió hoy que la Constitución aplica a las detenciones en Guantánamo y que los extranjeros detenidos como sospechosos de terrorismo tienen derecho a desafiar su detención por medio del habeas corpus. En consecuencia, el gobierno no puede poner ilegalmente en la cárcel a una persona, sin asistencia, sin límite de tiempo y sin el debido proceso de ley. En la decision escrita por el juez Anthony Kennedy, el Tribunal rehusó aceptar las alegaciones de un poder presidencial por encima de la Constitución que autoriza al ejecutivo a emitir decretos de excepción como ha mantenido la administración de Bush:


"The laws and Constitution are designed to survive, and remain in force, in extraordinary times. Liberty and security can be reconciled; and in our system they are reconciled within the framework of the law."

Por su parte la ACLU continúa su campaña de firmas para exigir el cierre del centro de detención en Guantánamo y que los prisioneros sean procesados en una corte de justicia civil o en una corte militar de acuerdo a procedimientos estatuídos y donde aplican las garantías constitucionales. Los que quieran, pueden firmar la petición de la ACLU.

La decisión del Supremo: Boumediene v. Bush

7 comentarios:

Z. Teruoc dijo...

De particular importancia es el hecho de que la opinión del Tribunal reconoce que ésta es la PRIMERA VEZ en la historia en que ese foro sostiene que el recurso de habeas corpus garantizado por la Constitución alcanza a extranjeros apresados en un área en que EEUU no ejerce soberanía “de jure” (ello principalmente porque una situación similar a la de estos prisioneros nunca había estado ante esa Corte). A mi juicio, la conclusión de que los detenidos en Guantánamo gozan de tal derecho constitucional responde en gran medida a que una decisión distinta habría validado la existencia de un área territorial en la que no aplica ley alguna (“law-free-zone” como la llamó el abogado de los peticionarios durante la vista oral del caso). Ello en vista a que los gobiernos de Cuba y de EEUU concurren en que las leyes cubanas no aplican en la base. A la altura del Siglo XXI, ciertamente una decisión de esa índole (que fue por la que abogó la administración Bush) habría sido una aberración jurídica. Agraciadamente, el Tribunal sostuvo el principio de que NINGÚN funcionario del gobierno de EEUU tiene poderes ilimitados o “extra-constitucionales.” ¡Un buen día para el Estado de Derecho!

Prometeo dijo...

Bush miraba la constitución de EU y veía la marca Charmin en ella. Esta decisión de La Corte acab de poner en su lugar al dictador de Bush. Por lo menos ahora se puede confiar un poco en la justicia.

Myrisa dijo...

Terouc, ¿quién fue que dijo: "the Constitution follows the flag"? Ahora lo dice el Supremo.

prometeo: Bush es un monigote de los intereses petroleros y los contratistas de guerra, del pentagonismo contra el que advirtió Eisenhower en su discurso de despedida como presidente. Tiene las manos mojadas en la sangre de muchos inocentes y ni su propio dios le perdonará. Es un infeliz incapaz de destacarse como no sea haciendo el mal. Le veremos cosechar lo que sembró.

Ivonne Acosta Lespier dijo...

Yo creo lo mismo de Bush y los que lo impusieron de presidente.
En este caso, se le vio la cara de rabieta ante la decisión y enseguida dijo que no estaba de acuerdo y se aliaba con los disidentes. Claro, con Scalia que dijo que ahora con esa decisión habría más terrorismo y más muertes de estadounidenses. ¡Qué angelito ese amiguito de Cheney! Puro nazi.

En cuanto a tu pregunta de la bandera, lo interesante del caso es que tiene implicaciones importantes para la historia de Puerto Rico. Se derogan los Casos Insulares que se decidieron a base de que la Constitución no sigue la bandera,así que seguramente Francisco Ortiz Santini (te recomiendo su blog "Puerto Rico") escribirá una columna sobre el mismo. Francisco escribió su tesis sobre el caso Balzac.
¡Pica y se extiende la decisión histórica!

Me uniré a la campaña de ACLU, por supuesto.

Z. Teruoc dijo...

Myrisa e Ivonne—Saludos. Como dice Ivonne, el Supremo lo que había dicho es que la Constitución NO sigue a la bandera… Pero difiero de la conclusión de Ivonne de que este caso deroga los Casos Insulares. Por el contrario, en este caso el Tribunal discute los Casos Insulares y usa como guía el “holding” de éstos—en esencia, que si bien la Constitución no sigue la bandera ningún funcionario de EEUU tiene poderes que no emanen de la Constitución y que, por lo general, los “derechos constitucionales fundamentales” aplican en lugares que “ondee la bandera estadounidense.” Lo mismo hace con Balzac. El Tribunal entonces dice que su decisión en este caso es consistente, entre otros, con los Casos Insulares.

Creo que muchas ocasiones varios comentaristas se has precipitado en declarar la muerte de los Casos Insulares. Algunos autores estadounidenses habían teorizado (tan reciente como en 2006) que los Casos Insulares no estaban vigentes por ser incompatibles con la decisión en Reid v. Covert (1957). Pero en este caso el Tribunal discute tanto Reid v. Covert y los Casos Insulares, y no ve ninguna incompatibilidad entre ellos. Claro, el Tribunal—que usualmente no descarta posibles escenarios futuros si no es necesario—expresa que “[i]t may well be that over time the ties between the United States and any of its unincorporated Territories strengthen in ways that are of constitutional significance.” Para fundamentar esa expression cita la opinion concurrente del juez Brennan en Torres v. Puerto Rico (1979) quien en esa ocasión expresó que “[w]hatever the validity of the [Insular Cases] in the particular historical context in which they were decided, those cases are clearly not authority for questioning the application of the Fourth
Amendment—or any other provision of the Bill of Rights—to the Commonwealth of Puerto Rico in the 1970’s”. Es decir, siempre hay base para argumentar que esa línea de casos ya gobierna las relaciones entre EEUU y PR. Pero, al menos por ahora, creo que esta decisión no tiene el efecto de derogar los Casos Insulares y, por el contrario, la misma asume (al menos para fines de argumentación) que éstos están “vivitos y coleando.”

Myrisa dijo...

So the Constitution follows the flag, but at a prudent distance. Por lo menos se le puso límites a la autoridad presidencial, que es una ganancia. No sé me ocurrió pensar en que la decisión tuviera alcances para PR. Sólo la vi como un limite a los poderes militares del ejecutivo.

Ivonne Acosta Lespier dijo...

z.teruoc y Myrisa: luego de escribir mi comentario me enteré de que es todo lo contrario: deja los Casos Insulares" sobre todo Balzac, vivitos y coleando como bien dices.

Ah, envié la petición firmada a la ACLU