2007-11-15

Las ideas y los derechos de autor

Las ideas y los derechos de autor

En para de ocasiones me he visto involucrada en controversias sobre derechos de autor que afortunadamente no han llegado a los tribunales. Dichas experiencias, he concluido en ambas ocasiones, son resultado de la pobre cultura de medios en nuestro ambiente local. Inclusive en el ámbito de la Academia, me he encontrado con personas- a quienes considero inteligentes- que se aventurar a reclamar derechos de autor sobre una obra, simplemente, porque se les ocurrió la idea de que se podía hacer un trabajo audiovisual en torno a un tema o sujeto.

El estatuto de aplicación en cuanto a los derechos de autor es conocido como el Copyright Law y es tan claro como el sol en lo que respecta al derecho de uso y explotación de ideas. La ley de derechos de autor no protege ideas, sólo protege la manera particular en que se expresa una idea. La idea en cuestión puede encontrarse en diversos grados de elaboración. Inclusive, como en el caso de un relato, cuento, pieza cinematográfica, etc., la idea puede tratarse del argumento (plot) en su forma elemental. La Ley no protege ideas, sino la manera particular en que se plasma una idea en una pieza de literatura, pictórica, audiovisual, etc. En otras palabras que la ley de derechos de autor reconoce y protege el aspecto de la plástica en una obra. Cualquiera puede usar- una y otra vez- la idea básica de una obra protegida, si la refunde en una expresión propia.

En el caso que me ocupo en días recientes, ni siquiera tuve el disfrute de una controversia con ribetes de argumentación sofisticada. Se trató de un reclamo que puede resumirse de la siguiente manera: si a alguien se le ocurrió llevar al medio audiovisual un tema y lo manifiesta a otros, aunque no lo haga, si alguien lo hace, el primero tiene derechos de autor sobre la obra del segundo. ¡Ay, bendito! Así de primitivos somos en esto.

En esta vena señalo, aunque creo que lo he hecho antes, que, además de las ideas, tampoco son susceptibles de protección por la Ley: las frases, consignas, expresiones breves, principios, nombres, títulos de obras, conceptos, datos, descubrimientos, teorías, sistemas o métodos de operación. Algunos lemas publicitarios pueden ser protegidos bajo la ley de marcas, pero no por la ley de derechos de autor. Bajo la ley de derechos de autor se pueden proteger exclusivamente: las obras literarias, las obras musicales y sus letras, obras dramáticas, pantomimas y obras de coreografía, obras pictóricas, gráficas y de escultura, la piezas cinematográficas y obras audiovisuales, las grabaciones de sonido y las obras de arquitectura. Ofrezco este enlace de abundante información sobre el tema. (http://fairuse.stanford.edu/Copyright_and_Fair_Use_Overview/chapter8/8-a.htm)

Las ideas, declara la Ley, son de dominio público. Hay mucha sabiduría en ello. Si las ideas pudieran ser apropiadas por ley, cualquiera podría reclamar derechos exclusivo de uso y explotación sobre obras futuras en las que no ha participado o ha participado de manera incidental. El banco o cantera social de conocimientos y de potenciales creaciones quedaría prontamente privatizado. Se agotaría el patrimonio común (commons) y se obstaculizaría el libre intercambio de ideas con el consecuente daño para el desarrollo social. Privatizar las ideas conlleva un perjuicio para la sociedad de la misma o mayor magnitud que privatizar las costas, las aguas o los terrenos de dominio público.

En las últimas décadas, conforme la producción de valor económico se ha trasladado del ámbito industrial al cultural- esto en la medida en que los costos de producción industrial se acercan a cero-, se ha desatado una significativa pugna por el control de la producción cultural, la privatización del patrimonio cultural y el control de las ideas y los intangibles. Hasta ahora la resistencia a la privatización de las ideas ha logrado proteger el dominio público, que se enfrenta a poderosas fuerzas económicas que pretenden arrebatáreselo a la sociedad. Opino que en esta área se darán gran parte de las luchas sociales del futuro.

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